martes, 24 de noviembre de 2009

25 de Noviembre día Internacional contra la violencia hacia la Mujer



Historia.

La elección del 25 de noviembre como fecha internacional de la lucha contra la violencia a la mujer fue un acuerdo tomado por las participantes en el Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, que se llevó a cabo en Bogotá en 1981, aceptando la solicitud de la delegación de República Dominicana que proponía que de esta forma se rindiera homenaje a las hermanas Mirabal: Minerva, Patria y María Teresa. Ellas son un ejemplo vivo del tipo de mujer comprometida con las luchas de su pueblo.

Las tres hermanas cayeron por la violencia del régimen de Trujillo, quien durante 30 años mantuvo al pueblo dominicano en el atraso, en la ignorancia y el caos. En 1960, el pueblo dominicano descontento y harto ya de una dictadura tan larga, todos los días llevaba a cabo luchas callejeras contra las fuerzas militares represivas que sostenían al dictador.

Las hermanas Mirabal nacieron en la sección Ojo de Agua, provincia de Salcedo, República Dominicana. Las condiciones de vida que se daban en el país y la zona donde vivieron, consecuencia del dominio estadounidense y el atraso de las relaciones de producción, determinaron su sensibilidad frente a los agudos problemas sociales. La participación activa de las hermanas Mirabal en la lucha contra Trujillo les ganó la fama de revolucionarias, motivo más que suficiente para que en cierta ocasión Trujillo manifestara ante un grupo de personas que sus dos únicos problemas eran las hermanas Mirabal y la Iglesia.


¿Qué pasó el 25 de noviembre de 1960?

Minerva y María Teresa fueron a visitar a sus esposos a la cárcel, en compañía de su hermana Patria. Fueron interceptadas en un lugar solitario del camino por agentes del Servicio Militar de Inteligencia. Conducidas a un cañaveral próximo, fueron objeto de las más crueles torturas, antes de ser víctimas de lo que se ha considerado el crimen más horripilante de la historia dominicana. Cubiertas de sangre, destrozadas a golpes, estranguladas, fueron puestas nuevamente en el vehículo en el que viajaban y arrojadas a un precipicio, con la finalidad de simular un accidente. El asesinato de las hermanas Mirabal produjo un gran sentimiento de dolor en todo el país, pero sirvió para fortalecer el espíritu patriótico de un pueblo deseoso de establecer un gobierno democrático que garantizase el respeto a la dignidad humana.

La memoria de estas valientes hermanas, mártires que arriesgaron sus vidas y las dieron, efectivamente por la causa de la mujer nos llena de esperanza y nos da fuerza para seguir luchando por una sociedad igualitaria en la que mujeres y hombres podamos vivir en fraternidad humana.
Gracias Milagros Huertas

jueves, 19 de noviembre de 2009

Tu Mundo

Por Rosana Portelli


" Dentro de ti están todas las respuestas para vivir una vida plena, dentro de ti hay una conexión con la Fuente Infinita de la cual todo proviene y hacia la cual todo va."

Para cultivar tu interior tienes que aprender a mantenerte contacto con él, debes poner atención a tus pensamientos, a tus palabras y acciones para poder disfrutar de una vida plena, amorosa y próspera. Esto te mantiene en un estado de consciencia desde donde puedes observar el momento presente. Todo se desarrolla desde ese punto.

Ten presente que tu verdadera naturaleza es espiritual, esta es tu verdadera identidad, mantente conectad@ a ella. De ese modo aprenderás a ver la vida como lo que es: una oportunidad de realizarte. Cuando surjan problemas los verás como lecciones de las que aprender ya que sabrás que todo ocurre de acuerdo a tus vibraciones y buscarás en ti el modo de corregir lo que haga falta.

Vivirás tranquilamente y lleno de amor y alegría porque sabrás que todo te esta dado. Encontrarás tu verdadera vocación y serás capaz de servir del mejor modo, haciendo algo que te realice como persona, siendo bien retribuido por ello.

Recibirás abundante amor porque serás una persona que irradia amor en todo momento. Serás saludable porque mantendrás pensamientos y habitos saludables. No tendrás miedos porque sabrás que estás divinamente protegido siempre. No te sentirás solo porque serás consciente de la Presencia de Dios contigo siempre.

Tu destino depende sólo de ti.

Que el amor llene tu ser.

lunes, 16 de noviembre de 2009

PARA TOMAR CONCIENCIA - 25 de Noviembre NO MAS VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

25 de Noviembre Día Internacional de "NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER"



NO A LA VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLOGICA

COMENTARIO
Para acabar con la violencia contra la mujer es necesario construir una nueva sociedad con nuevos valores y nuevos roles y esto parte por el cambio en la educaciòn de hombres y mujeres.
Es responsabilidd de las instituciones pùblicas y de las personas que en ellas se desempeñan concretamente de los cargos electos, contribuir a que esta nueva educaciòn sea cada vez mas extendida a mas sectores de la sociedad, en este entendido las regidoras de la Municipalidad de Independencia de la gestiòn anterior, consiguieron que se aprobarà una ordenanza fijando como requisito para contraer matrimonio civil que los novios cumplieran con recibir un conjunto de charlas sobre roles en la pareja, abordando ademàs temas que suelen ser motivos de desavenencias en la convivencia de pareja, enseñandòles a tener una comunicaciòn acertiva sin violencia, los modulos fueron diseñados por personal del hospital mental Hideyo Noguchi en convenio con la Municipalidad de Independencia. particularmente esto me parece un buen comienzo dignode ser replicado en otras municipalidades.

Dina Iparraguirre.

domingo, 15 de noviembre de 2009

Aprender es desaprender.... Gianmarco

Un estudiante vino a conocer a un maestro sabio en su búsqueda por el conocimiento. “Maestro, he viajado grandes distancias para encontrarme contigo con el deseo de beber de tu océano de conocimiento. Por favor ilumíname.”
El maestro le pidió que se siente. Tomó la tetera de la mesa y le sirvió té en la taza que ya estaba llena. Sorprendido ante la actitud del maestro, el buscador rápidamente le recordó: “pero si la taza ya está llena…”
“Tal como lo estás tú”, dijo el maestro muy calmado

Casi siempre nosotros escuchamos de los otros solamente nuestras ideas y conceptos. Nos escuchamos a nosotros mismos. Esto inhibe nuestro aprendizaje. Para aprender uno primero debe vaciarse a sí mismo de los viejos conceptos e ideas.

Sri Bhagaván dice: “Aprender es desaprender.” Cuando estamos atrapados a nuestra perspectiva lo que sucede es meramente “escuchar”. Una vez que has etiquetado a algún colega como falto de juicio, cualquier sugerencia que venga de él sonará irracional.
Tú ves su idea a través del lente de lo que tú asumes sobre él. Y así es con todas las relaciones.
Un esposo se torna de oído sordo a cualquier agonía de su esposa, si la tiene etiquetada de “tonta”. Las sugerencias de los niños generalmente son ignoradas por ser inmaduras.

La falta de atención se origina de nuestro ego que incesantemente juega el juego de “Yo sé más…” Tomando seguridad de lo que sabes o perspectiva, te rehúsas a aceptar nada que se esté fuera de tus dominios de conocimiento, previniendo el resquebrajamiento del ego.
Sin querer perder la batalla, tú prolongas el argumento así sea que la verdad esté ahí parada frente a tu cara.
Sin una mente abierta, el progreso en los planos material y espiritual es solo una fantasía. Una mirada rápida a las vidas de grandes hombres revelarán una tremenda humildad.
Con la humildad viene el escuchar y el aprender.

Sri Bhagaván dice, “El primer camino hacia escuchar es hacerse consciente de que no estamos escuchando.”
Estar iluminado es estar liberado del ego. Escuchar es natural para un hombre iluminado y toda lucha por probarse a sí mismo cesa. Él no contamina los hechos con asunciones.


viernes, 13 de noviembre de 2009

AUDIENCIA VECINAL EN LA VICTORIA‏

Estimadas Socias REDMUALIC:

Les comunico que la Regidora Norma Hoyos del distrito de La Victoria nos invita a la Audiencia Vecinal sobre VIOLENCIA FAMILIAR que se llevará a cabo el dìa jueves 19 de Noviembre a horas 19.00 (exacta) en el Casino de La Victoria sito Av. Bausate y Meza Nº 479.

El programa tiene dos orientaciones, la mujer maltratada y maltrato infantil. Les agradecería el apoyo en cuanto a la difusión y quedan todas cordialmente invitadas, un abrazo

TALLER DE MARKETING POLÍTICO Y GESTIÓN PÚBLICA‏

Estimadas Socias REDMUALIC:

Les comunico que la Presidenta de la Red Regidora Aurea López del distrito de Pueblo Libre conjuntamente con HUAIROU nos invita al Taller de Marketing Político y Gestión Pública que se llevará a cabo el día miercoles 18 de Noviembre a horas 1.30 p.m. a 6.00 p.m. en la Municipalidad de Pueblo Libre sito en Av. General Vivanco 859.

Quedan todas cordialmente invitadas, un abrazo

martes, 10 de noviembre de 2009

HUBO UN MOMENTO

Hubo un momento en el que creías que la tristeza sería eterna; pero volviste a sorprenderte a ti mismo riendo sin parar.

Hubo un momento en el que dejaste de creer en el amor; y luego apareció esa persona y no pudiste dejar de amarla cada día más.

Hubo un momento en el que la amistad parecía no existir; y conociste a ese amigo que te hizo reír y llorar, en los mejores y en los peores momentos.

Hubo un momento en el que estabas seguro que la comunicación con alguien se había perdido; y fue luego cuando el cartero visitó el buzón de tu casa.

Hubo un momento en el que una pelea prometía ser eterna; y sin dejarte ni siquiera entristecerte terminó en un abrazo.

Hubo un momento en que un examen parecía imposible de pasar; y hoy es un examen más que aprobaste en tu carrera.

Hubo un momento en el que dudaste de encontrar un buen trabajo; y hoy puedes darte el lujo de ahorrar para el futuro.

Hubo un momento en el que sentiste que no podrías hacer algo; y hoy te sorprendes a ti mismo haciéndolo.

Hubo un momento en el que creíste que nadie podía comprenderte; y te quedaste boquiabierto mientras alguien parecía leer tu corazón.

Así como hubo momentos en que la vida cambió en un instante, nunca olvides que aún habrá momentos en que lo imposible se tornará un sueño hecho realidad.

Nunca dejes de soñar, porque soñar es el principio de un sueño hecho realidad.

Recuerda "todo lo que sucede, sucede por una razón"...

lunes, 9 de noviembre de 2009

PROPUESTA LEGISLATIVA PROYECTO DE LEY DE ALTERNANCIA EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES

EXPOSICION DE MOTIVOS

  1. OBJETIVO.

Mediante el presente proyecto de ley se propone modificar la Ley de Elecciones Regionales y la Ley de Elecciones Municipales respecto al orden de candidatos mujeres y varones en las listas correspondientes, los cuales se fijarán alternadamente desde el primer lugar hasta el último que corresponda.

2. FUNDAMENTACION DE LA PROPUESTA.

En las listas de candidatos(as) a congresistas rige el voto preferencial, que permite al ciudadano elegir al candidato de su predilección independientemente del lugar que ocupe en la lista de su organización política.

La elección de los consejeros(as) regionales y regidores(as) provinciales y distritales es por listas cerradas en las que el elector no selecciona a los candidatos(as) sino son los partidos políticos que fijan el orden de prelación de los candidatos(as) con opción ganadora y los que no la tienen.

Si bien el artículo 12º de la Ley No 27683, Ley de Elecciones Regionales y el numeral 3 del artículo 10º de la Ley No. 26864, Ley de Elecciones Municipales fijan una cuota mínima de género de 30% en las listas de candidatos a consejeros regionales y regidores provinciales y distritales, respectivamente, en la práctica ha sido frecuente que las organizaciones políticas cumplan con las cuotas pero concentrando al género en minoría en los últimos lugares del orden de prelación de la lista.

Según el JNE, en las elecciones del 2006 y complementarias del 2007, se eligieron 2,417 regidoras distritales (9.57% de las 25,268 mujeres que postularon no obstante ellas representaban el 36.7% de las candidaturas a regidores distritales). Asimismo, se eligieron 430 regidoras provinciales ( 7.03% de las 6,118 postulantes pese a que constituían el 37.4% de las candidaturas a regidores provinciales).

En estas elecciones, sólo el 17% de las candidatas a consejeras, el 16% de las candidatas a regidoras provinciales y el 17% de las candidatas a regidoras distritales fueron ubicadas en la primera mitad de las listas de candidatos. También el Informe Defensorial 122 señala que ´´ la cuota de género en el Perú, exceptuando la lista que obtuvo la primera mayoría, reporta que menos del 20% de candidatas, debido a su ubicación en las listas, tenía reales probabilidades de ser elegida´´.

La experiencia de los últimos procesos electorales muestra que la sola cuota de género no garantiza una mayor aproximación a la igualdad de oportunidades en el acceso a la participación política de ambos géneros.

El espíritu de las normas sobre la cuota de género ha sido precisamente lograr un mayor nivel de representación política de uno de los sectores excluídos y marginados secularmente de las instancias regionales y locales de gobierno, el cual constituye el 50.1% de la población nacional de (de 26´152, 265 habitantes según el censo del 2005), lo que repercute en fortalecer la democracia y estabilidad del sistema político del país.

En tal sentido, en concordancia con el art. 2º. y 31º de La Constitución Política del Perú, la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres No.28983 y los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por el estado peruano, señalados con rango constitucional por el Tribunal Constitucional (en especial ella Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que en el art. 4º establece la aplicación de medidas especiales encaminadas a acelerar la igualdad), y a fin de ser consecuentes con el espíritu de las normas de inclusión social traducida en este caso en la normatividad que promueve oportunidades de acceso a la participación política mediante cuotas, es necesario establecer mecanismos transitorios, a fin de dar cumplimiento a las mismas, tales como el de alternancia de géneros en las listas de candidatos a consejeros regionales y regidores provinciales y distritales.

3. EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL.

El presente proyecto de Ley modifica lo prescrito en el texto del artículo 12º de la Ley No 27683, Ley de Elecciones Regionales y del numeral 3 del artículo 10º de la Ley No. 26864, Ley de Elecciones Municipales (modificado por el artículo 1º de la Ley No. 27734, modificado por la Ley 28869)

4. ANALISIS COSTO BENEFICIO.

La implementación de la propuesta se orienta a reducir la desigualdad de oportunidades de participación en la vida política del país de ambos géneros.

No demanda desembolso financiero del estado.



FORMULA LEGAL

LA CIUDADANA…..(REPRESENTANTE DE LA RED QUE PROPONE LA INICIATIVA LEGISLATIVA), EN EL EJERCICIO DEL DERECHO A PARTICIPAR EN LOS ASUNTOS PUBLICOS MEDIANTE INICIATIVA LEGISLATIVA QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 31 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, CONCORDADO CON EL ARTICULO 64 DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, PRESENTA EL SIGUIENTE,

PROYECTO DE LEY

LEY DE ALTERNANCIA EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES

Artículo 1. Norma que modifica el segundo párrafo del artículo 12º de la Ley No. 27683, Ley de Elecciones Regionales.

Modifíquese el segundo párrafo del artículo 12º de la Ley No. 27683, Ley de Elecciones Regionales, el cual queda redactado de la siguiente manera

Artículo 12º. Inscripción de las listas de candidatos (…)

La lista de candidatos al Consejo Regional debe estar conformada por un candidato de cada provincia en el orden en que el partido político o movimiento lo decida, incluyendo un accesitario en cada caso, así como por al menos un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres y un mínimo de quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios de cada región donde existan, conforme lo determine el Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, el orden de candidatos en la lista se establecerá alternando hombres y mujeres desde el primer lugar hasta el último que corresponda (…).

Artículo 2. Norma que modifica el numeral 3 del artículo 10º de la Ley No. 26864, Ley de Elecciones Municipales.

Modifíquese el numeral 3 del artículo 10º de la Ley No. 26864, Ley de Elecciones Municipales, el cual queda redactado de la siguiente manera,

Artículo 10º. Inscripción de las listas de candidatos (…)

3. El número correlativo que indique la posición de los candidatos a regidores en la lista, que debe estar conformada por no menos del treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres,nno menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanas o ciudadanos jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad y un mínimo de quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios de cada provincia donde existan, conforme lo determine el Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, el orden de candidatos en la lista se establecerá alternando hombres y mujeres desde el primer lugar hasta el último que corresponda (…).

COMENTARIO
Sobre la ley de alternancia hay mucha resistencia de parte del sector masculino para aceptar esta modificatoria a la ley, es obvio que lo que no se quiere es que haya menos cupos de los que siempre ha habido para el ejercicio de la polìtica por parte de los hombres, ya que estos consideran que el sòlo hecho de ser hombres los califica para ejercer los cargos electos, dando por sentado que el hecho de ser mujer descalifica automàticamente al genero femenino que desea intervenir en polìtica.
He escuchado comentarios en mas de una oportuniad en los medios de comunicaciòn de parte de los comunicadores y de parte de quienes ejercen cargos pùblicos que la mujer no puede pedir que por el sòlo hecho de ser mujer le pongan en la lista de candidatos sin estar preparada para el cargo. yo pregunto ¿cuantos hombres de todos los que postulan a cargos electos estàn "preparados" para ejercer dicho cargo?, si solo tomamos a los parlamenarios cuales estàn "preparados" y en que?, como llegaron donde estàn?, por que ellos si tienen ese derecho y las mujeres no?, por que a las mujeres se les exige cosas que no se les exige a los hombres?, y eso de caminante no hay camino se hace camino al andar..... vale sòlo para los hombres?, no señor las mujeres somos el 50% de la poblaciòn y exigimos nuestro derecho de participar de igual a igual en las listas partidarias y a que no se nos utilice como relleno de la lista solo para cumplir con la ley de cuotas, burlandose de la misma puesto que en la practica ni siquiera se llega al 9% de las mujeres en ejercicio de los cargos electos debido a que los partidos las colocan en lugares en que no tienen oportunidad alguna.
Con la salvedad que las mujeres que participan en polìtica la gran mayorìa está mucho mas capacitada para ejercer los cargos que muchos polìticos en ejercicio.

Dina Iparraguirre

ORDENANZA CULTURA DE PAZ



AGRADECEMOS EL APORTE DE ESTA ORDENANZA A NUESTRA SOCIA REGIDORA BRISAIDA GALINDO FERNANDEZ PARA PODERLA REPLICAR EN NUESTROS DISTRITOS


ORDENANZA Nº

Los Olivos, 20 de Noviembre del 2006

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS

VIST0: El Dictamen Conjunto Nº 2006- de la Comisión de Promoción de la Mujer, Comisión de la Juventud y Comisión de Desarrollo Humano

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972

En su artículo Preliminar : articulo IX Planeación Local. .... El Proceso de Planeación Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho Proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias .......

Articulo 10 Atribuciones y obligaciones de los Regidores

Titulo V Las competencias Y Funciones Específicas de los gobiernos locales art. 73 , inciso 2 . 2.3 y 2.4 . 2.7. . punto 6. 6.3 y .6.4.

Capitulo II Las competencias y Funciones especificas,Educación Cultura y Deportes y Recreación. Articulo 84º Inciso 2.4 establece que es función de la Municipalidad organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo como son Niños y Adolescentes;

Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos Art 1. inciso 1.1. 1.2. .1.3..1.15.

Articulo 2. . 2.1. 2.2. 2.4. 2.6. 2.7 Articulo 3. Inciso 3.1. . 3.3. Promover la igualdad de Oportunidades con criterio de Equidad.

Que, el Art. 73 numeral 6.4. de la Ley 27972 en materia de competencia municipal en servicios sociales locales, corresponde a las municipalidades difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales;

ORDENANZA Nº CDLO

QUE REGLAMENTA LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALIZADAS PARA PROMOVER UNA CULTURA DE PAZ EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR La presente Ordenanza y su Reglamento

ARTÍCULO SEGUNDO.- ORDENAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente a través de sus órganos rectores.


POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

ORDENANZA QUE REGLAMENTA LAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALIZADAS EN EL MARCO DE UNA CULTURA DE PAZ

.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º.- OBJETIVO .-

La presente ordenanza tiene como objeto establecer las normas que reglamenten las acciones culturales –educativas que propicien el Desarrollo Integral del Ser Humano y que conlleven a la Promoción de una Cultura de Paz , acciones que deberán ser promovidas desde la Municipalidad en el Marco del Plan de Desarrollo Concertado en coordinación con las Mesas de Concertación , Instituciones Públicas y Privadas , Centros de Formación Educativa y en el Sector Empresarial, tal como lo dispone la Constitución , los Planes y Acuerdos Nacionales que son Materias de Ley ( Ley Contra la No violencia, Ley de Fortalecimiento Familiar, Ley del Código del niño y del Adolescente, Ley de la Juventud, Ley del Adulto Mayor y Otros de Derecho Internacional Convenciones y ¨Acuerdos Internacionales sobre los Derechos de la Mujer y la Convención sobre los Derechos de los niños y adolescentes, del Adulto Mayor y de las personas con discapacidad ), teniendo como eje Transversal la Equidad de Género.

ARTICULO 2º.- FINALIDAD.-

Cautelar y promover que los derechos de las Personas consagradas en nuestra Constitución y en el Código Civil y que los Acuerdos se cumplan en nuestro distrito a fin de protegerlos y promoverlos , conforme lo estipulan las normas de protección a la niñez , , a la juventud , a las mujeres y adulto/as mayores y a las personas con discapacidad , basándonos en los compromisos adquiridos tanto a nivel internacional como en el cumplimiento de los Planes de Acción emanados de estas Leyes en el Marco de la Ley Orgánica de Municipalidades..

ARTÍCULO 3º.- BASE LEGAL.-

a).- Ley Nº 27337 Código de los Niños y Adolescentes

b).- Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades

c).- Ley Nº 27986 Trabajadoras del Hogar

d) Ley Contra la Violencia Familiar

e) Ley de Fortalecimiento Familiar

f) Ley del Adulto Mayor

g) Ley de Personas con Discapacidad

h) Ley de Educación

i) Ley de Salud.

j) Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres

k) Plan de acción por la Infancia

l) Plan de acción del adulto Mayor

ll) Acuerdos de Concejo : de la Igualdad de oportunidades y del día de la No violencia

ARTÍCULO 4º.- DEFINICIONES.-

Niños y Adolescentes : Código de lis niños y adolescentes : Niño Menor de 13 años.

Adolescente mayor de trece años hasta cumplir los 18 años cumplidos.

Trabajador del Hogar Adolescente.- Son aquellos o aquellas entre catorce y diecisiete años de edad que efectúan labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y demás propias de la conservación de una residencia o casa-habitación y del desenvolvimiento de un hogar, que no importen lucro o negocio para el empleador o sus familiares.

Mujer Persona de sexo Femenino con derechos Humanos desde su concepción .

Varón : Persona de sexo Masculino con derechos humanos desde su concepción

Adulta/o mayor Persona Varón o Mujer mayor de 60 años, con Derechos Humanos

Persona con discapacidad : Ser Humano que tiene problemas diversos que requiere de atención y apoyo para cumplir sus roles.

Cultura de Paz. Concepto vinculado a ir generando espacios vinculados a una educación sostenida para la Paz y la resolución efectiva de conflictos basados en el respeto a los Derechos Humanos y a los valores en la búsqueda de una convivencia integral saludable de los Seres Humanos

Mesas de Concertación: Espacios Mixtos de proyección Local que reunen en un mismo foro de diálogo a representantes de la Sociedad Civil como del Estado, institucionalizando el diálogo y la concertación realizando esfuerzos de solidaridad y compromiso en temas que los unan.

CAPITULO II

DE SU CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

ARTÍCULO 5º.- DE LA CONFORMACIÓN

La Municipalidad distrital por función promoverá la conformación de una comisión de trabajo con las Mesas de Concertación existentes en nuestro distrito e institucionalizadas por la Municipalidad la cual coordinará, monitoreará y supervisara el cumplimiento de las acciones que conlleven a promover una cultura de Paz en el distrito. realizándose cada una estas acciones con objetivos comunes con la Misión de mejorar la calidad de vida de los vecinos y vecinas de nuestro distrito.

ARTÍCULO 6º.- DE SU FUNCIONAMIENTO

La Municipalidad conjuntamente con las Mesas de Concertación elaborarán un plan de trabajo en el área de su competencia : Niñez, Juventud, Mujer, Adulto/a Mayor ; Persona con discapacidad , proyectadas hacia la Población Olivense que permita conjugar esfuerzos y apoyos logísticos .

Este Plan de Trabajo no perturbará las diversas actividades que tiene la Municipalidad y las Mesas de concertación en el marco de sus objetivos institucionales que promuevan una cultura de Paz en el distrito.

Las Mesas de Concertación deberán estar Institucionalizadas por Acuerdo de Concejo e Inscritas en el Registro de Organizaciones Sociales de la Municipalidad.

Entre La municipalidad y las Mesas de Concertación elaboraran una Base de datos especializada ( Niñez, Juventud, Mujer, Adulto/a mayor y personas con discapacidad ) que permitirá llegar a la población objetivo . Esta Base de datos será accesible para la población.

ARTICULO 7º.- DE LA PARTICIPACION

La participación de las Instituciones en los programas y acciones que se desarrollen en el distrito serán gratuitas, conjugándose esfuerzos logísticos y humanos que deberán ser incluidos en el Plan de Trabajo elaborado entre la Municipalidad y las Mesas de Concertación. Para lo cual se contará con un REGISTRO Central de Instituciones Promotoras de una cultura de Paz en una Central de Base de Datos que será difundida a todas las Instituciones públicas y privadas.

Capitulo Del REGISTRO

ARTÍCULO 9º.- CONSTITUCIÓN DEL REGISTRO.-

El Registro Central de Instituciones por el Servicio que presta tendrá como finalidad contar con una base de datos, para conocer el número de estos y poder coordinar , monitorear y supervisar el desarrollo de las actividades., cada Mesa de Concertación contará con una ficha de registro que alimentará la base de datos Central.

ARTÍCULO 10º.- FICHA DE REGISTRO.-

En la ficha de Registro figuraran los siguientes datos:

Mesa de Concertación a la que pertenece :

Nombre completo de la Institución

Nombre del Representante Institucional

Dirección y lugar de residencia;

Servicio o Labor que Presta

Horario de trabajo;

Población usuaria

ARTÍCULO 11º.- ÁREA RESPONSABLE DEL REGISTRO.-

El área responsable del Registro será según la competencia del Servicio que presta, debiendo estar a cargo de la Sub Gerencia Municipal la base de Datos Central

ARTÍCULO 16º.- CARÁCTER PÚBLICO DEL REGISTRO.-

El Registro Central a que se refiere el presente capítulo es de carácter público. Puede ser consultado por cualquier persona.

CAPITULO IV

CONTROL Y SUPERVISIÓN

ARTÍCULO 17º.- Del Control y de la Supervisión

Será personal acreditado de la municipalidad y de las Mesas de Concertación quienes visitaran periódicamente las Instituciones participantes con la finalidad de optimizar el desarrollo de las actividades propuestas y que se vaya internalizando en la población Olivense el ejercicio de los valores hacia una cultura de Paz.

CAPITULO V

PROGRAMAS Y PROMOCIÓN

ARTÍCULO 18º.- PROGRAMAS DE PROMOCION Y CAPACITACIÓN.-

La Municipalidad a través de las areas competentes promoverá la implementación de programas especiales en temas que conlleven al Fortalecimiento de una Cultura de Paz en el distrito , en fechas reconocidas e institucionalidas en nuestro país

Día Internacional de la Mujer. ( 8 de Marzo )

Día del Adulto Mayor 16 de Agosto

Día de la Juventud. 23 de Setiembre

Semana de los Derechos de los Niños/as del 23 al 30 de Setiembre

Día de la Familia 2do Domingo de Setiembre

Día de las Personas con Discapacidad 16 de Octubre

Día de la NO Violencia 25 de Noviembre Mes de la No violencia Todo el Mes de Noviembre )

En todas las fechas señaladas y otras actividades que se realicen en el Distrito se deberán tomar en cuenta los siguientes temas :

1.- Fomento de la Identidad a través de los Valores Patrios : Izamiento de la Bandera Peruana y Olivense en todas las Instituciones en Fechas establecidas en la Presente Ordenanza .

Himno Nacional e Himno Olivense en las diversas actividades que se realicen en el Distrito

2.- Respeto a los Derechos humanos y Ciudadanos ( Respeto a los n iños/as desde la gestación , respeto a los adultos/as Mayores y a las personas con discapacidad

3.- Generación de una cultura de Paz : No a la violencia Familiar cumplimiento de los planes de Acción : Plan de Acción por la Infancia , Programa Nacional contra la Violencia –Plan de Fortalecimiento Familiar , Plan de Juventudes, Plan del adulto Mayor, Plan de personas con Discapacidad

ARTÍCULO 19º.- PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL .-

La municipalidad y las Mesas de Concertación según el Area de su competencia promoverán en las instituciones que las conforman programas dirigidos al fortalecimiento personal , familiar y social de cada una de las personas que residen en el Distrito que conlleven a mejorar sus vínculos con la familia, la escuela y la comunidad.

De la Coordinación : La Municipalidad coordinará con las Mesas de Concertación en el Area de su competencia, para lo cual podrán realizar actas de compromiso y proyectar convenios Institucionales. .

Del Seguimiento y la Evaluación : La Municipalidad en coordinación con las Mesas de Concertación realizarán el seguimiento de las acciones estipuladas en el Plan de Trabajo

CAPITULO VI

ESTIMULOS

ARTÍCULO 20º.- DE Los Estimulos y sanciones

De los Estimulos :

La Municipalidad Otorgara certificaciones de entidades saludables que promueven una Cultura de Paz a las entidades participantes en las diversas actividades señaladas . Estas acciones conllevarán a una competitividad de capacidades y habilidades institucionales para conjugar esfuerzos en bien de la población olivense promoviendo una cultura de paz .

La expedición de autorización municipal de Institución Saludable que Promueve una Cultura de Paz no tiene costo alguno, será a propuesta por la Comisión conformada entre el area competente de la Municipalidad y la Mesa de Concertación y deberá ser incluido en el TUPA como parte de los procedimientos en las areas competentes para realizar acciones dirigidas a la Población.

Esta Certificación de Institución Saludable que promueve una cultura de Paz tendrá una vigencia anual .

De las Sanciones . Las Instituciones que fomenten actos que promuevan violencia y faltas de respeto quedaran desautorizadas para participar en las diversas acciones planteadas.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

ÚNICA.- La Gerencia Municipal, a través de sus órganos rectores, dará cumplimiento a lo dispuesto en la presente.Ordenanza

TITULO VIII

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La Municipalidad de Los Olivos a través de la Gerencia Municipal y las Areas competentes organizaran Comisiones Permanentes de trabajo en coordinación con las mesas de Concertación que faciliten el desarrollo de acciones y de los Objetivos Propuestos para lo cual podrá realizar alianzas estratégicas con los Organismos Rectores del Sector Público y con Entidades Privadas

SEGUNDA.- Las Mesas de Concertación serán invitadas por las areas competentes para el desarrollo de la Institucionalización de Fechas centrales para lo cual elaboraran conjuntamente un reglamento que viabilice las acciones planteadas. Y se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza en un plazo no mayor de 60 días después de publicado.

TERCERA.- Incorporar al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad las fechas Institucionalizadas, así como las sanciones y estimulos regulados en la presente Ordenanza.

CUARTA : Todo aquello que no este contemplado dentro de la presente Ordenanza se regirá a través de las Leyes y nuestra Constitución